Cómo salir del Veraz, según tu caso (y gratis)
Elegí tu caso
Respondé estas preguntas y te decimos exactamente qué camino te corresponde:
Salir del Veraz no se compra: se sale pagando o regularizando la deuda (el registro se normaliza en uno o dos meses), reclamando la corrección si el dato es erróneo (5 días hábiles por ley), o invocando el derecho al olvido si pasaron más de 5 años desde la última información adversa (2 si cancelaste). Los tres caminos son gratuitos y los podés hacer vos.
Primero, mirá exactamente qué figura y desde cuándo. Sin ese dato no se puede elegir el camino, porque cada uno depende de la fecha de la mora y de quién informa:
O andá directo a tu caso:
- Ya pagué la deudaCuándo se limpia y qué hacer si no se refleja.
- La deuda no es mía o está malRectificación por el art. 16: 5 días hábiles.
- La deuda tiene más de 5 añosDerecho al olvido: el dato debe desaparecer.
- Debo y no puedo pagar todoNegociar quita o plan, y qué esperar del registro.
Caso 1: ya pagaste (o estás pagando un plan)
Es el caso más común y el que más ansiedad genera, porque el registro no se limpia al instante y nadie te avisa cómo funciona el ciclo:
- Guardá el comprobante de pago o el libre de deuda. Es tu prueba ante cualquier diferencia futura, y lo primero que te van a pedir si hay que reclamar.
- Esperá el ciclo de actualización. La entidad informa tu nueva situación en su próximo cierre mensual y el BCRA lo publica con unos 60 días de demora: el cambio se ve en uno o dos meses. Es normal, no es que "no te sacaron".
- Entendé qué queda visible. Tu situación actual pasa a 1, pero el historial de 24 meses sigue mostrando los meses en mora. Y por el artículo 26 de la Ley 25.326, el dato de la deuda cancelada puede informarse hasta 2 años desde la cancelación. Después de eso, nada.
- Si pasaron más de dos períodos y tu situación actual sigue mal: reclamá por escrito a la entidad exigiendo la recategorización, con el comprobante adjunto. Tiene 5 días hábiles para corregir desde que recibe tu reclamo.
- Si la ignoran, tenés dos vías, y conviene usar las dos. Por un lado, el BCRA actúa como segunda instancia: tiene un trámite online y gratuito para pedir la rectificación o supresión de un registro en la Central de Deudores, al que se accede justamente cuando ya reclamaste ante la entidad informante y la respuesta no te conformó (por eso guardar la constancia del primer reclamo es indispensable). Por otro, la denuncia ante la Agencia de Acceso a la Información Pública, también gratuita y online, que exige el mismo requisito previo. Suelen destrabar solo: a la entidad le sale más caro el expediente que corregir el dato.
Si estás pagando un plan de cuotas, mientras cumplas la entidad debería reflejarte como refinanciado y mejorar tu situación. Si te mantiene en 5 pagando en fecha, aplica el mismo reclamo. Calculá las fechas exactas de tu caso.
Carta 3 · Recategorización después de pagar
Asunto: Solicitud de recategorización y actualización de situación crediticia [Ciudad], [fecha] A [NOMBRE DE LA ENTIDAD] Área de Atención al Cliente / Protección de Datos Personales De mi consideración: Me dirijo a ustedes en mi carácter de titular de los datos personales, DNI [tu DNI], CUIL/CUIT [tu CUIL], en relación con la obligación identificada como [producto / número de contrato / tarjeta]. Con fecha [fecha de pago] procedí a la cancelación total de la referida obligación, conforme surge del comprobante que adjunto [y/o del libre de deuda emitido por esa entidad con fecha ...]. No obstante, a la fecha esa entidad continúa informando mi situación crediticia como [situación que figura, por ejemplo "Situación 5"] en la Central de Deudores del BCRA, habiendo transcurrido ya [cantidad] períodos informados desde la cancelación. En consecuencia, solicito: 1. Que se proceda a la RECATEGORIZACIÓN de mi situación crediticia, reflejando la cancelación operada. 2. Que dicha rectificación se comunique al BCRA y a las bases de datos privadas a las que se haya cedido la información (Equifax/Veraz, Nosis). 3. Que se me expida constancia de libre deuda, en caso de no habérseme entregado. Todo ello en los términos del artículo 16 de la Ley 25.326, que fija un plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES para la rectificación de datos inexactos o desactualizados. Solicito acuse de recibo del presente. Sin otro particular, saludo atentamente. [Firma] [Aclaración] DNI [tu DNI] Teléfono: [tu teléfono] - Correo: [tu correo]
Caso 2: la deuda no es tuya, o el monto o la situación están mal
Acá la ley es contundente: el artículo 16 de la Ley 25.326 te da derecho a la rectificación o supresión del dato inexacto, y el responsable tiene 5 días hábiles para resolverlo.
- Identificá quién informa el dato. En tu consulta figura la entidad. Si es un nombre desconocido (un fideicomiso, una empresa de cobranzas), probablemente compró una deuda que dicen que es tuya: exigile primero que acredite origen, monto y fecha.
- Reclamá por escrito a esa entidad, no al Veraz ni al BCRA. Decí qué dato es incorrecto, adjuntá tu prueba y citá el artículo 16. Pedí acuse de recibo: sin constancia, el reclamo es como si no existiera.
- En paralelo, pedile a los bureaus (Equifax y Nosis) que marquen el dato como sometido a revisión mientras se resuelve.
- Si en 5 días hábiles no corrigen: denuncia ante la AAIP. Y si el dato te causó un daño concreto, como un crédito rechazado, tenés la acción de habeas data del artículo 33. Este es uno de los pocos casos donde un abogado aporta de verdad.
- Si sospechás robo de identidad (un préstamo que jamás pediste), sumá la denuncia penal cuanto antes: es la pieza que las entidades te van a pedir, y no tenerla es lo que hace eternos estos casos.
Carta 1 · Rectificación de un dato incorrecto (art. 16)
Asunto: Reclamo de rectificación de datos personales - Ley 25.326, artículo 16 [Ciudad], [fecha] A [NOMBRE DE LA ENTIDAD] Área de Atención al Cliente / Protección de Datos Personales De mi consideración: Me dirijo a ustedes en mi carácter de titular de los datos personales, DNI [tu DNI], CUIL/CUIT [tu CUIL], con domicilio en [tu domicilio], a fin de reclamar la RECTIFICACIÓN del dato que esa entidad informa a mi nombre y que resulta inexacto. Concretamente, ustedes informan [describí el dato: por ejemplo "una deuda de $X en situación 5, originada supuestamente en el producto/contrato N° ..."], dato que es incorrecto por el siguiente motivo: [Explicá en dos o tres renglones: "esa deuda no me pertenece", "fue cancelada el DD/MM/AAAA según comprobante que adjunto", "el monto informado no coincide con el saldo real", "nunca contraté ese producto", etc.] Adjunto la siguiente documentación respaldatoria: [comprobante de pago / libre de deuda / constancia / denuncia policial, según corresponda]. En los términos del artículo 16 de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, solicito que en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES se proceda a rectificar el dato erróneo y a comunicar la corrección a las bases de datos a las que ustedes lo hayan cedido, incluidas la Central de Deudores del BCRA, Equifax (Veraz) y Nosis. Solicito asimismo que, mientras dure el análisis del presente reclamo, el dato sea consignado como sometido a revisión, conforme lo previsto en la normativa aplicable. Hago saber que, de no obtener respuesta en el plazo legal, iniciaré la denuncia correspondiente ante la Agencia de Acceso a la Información Pública y evaluaré las acciones judiciales previstas en el artículo 33 de la citada ley. Solicito acuse de recibo del presente. Sin otro particular, saludo atentamente. [Firma] [Aclaración] DNI [tu DNI] Teléfono: [tu teléfono] - Correo: [tu correo]
Caso 3: la deuda tiene más de 5 años
El artículo 26 de la Ley 25.326 fija el derecho al olvido crediticio: los registros solo pueden informar deudas durante 5 años, o 2 años desde que cancelaste. Pasado el plazo, el dato tiene que desaparecer de los informes.
El detalle que decide los casos es desde cuándo se cuentan esos 5 años. La ley no lo dice: lo fija el decreto reglamentario, que los cuenta desde "la última información adversa archivada que revele que dicha deuda era exigible". Y la Corte Suprema aclaró en 2011 que las repeticiones mensuales del mismo dato no reinician nada: el reloj corre desde el último dato adverso que aporte una novedad real, que en la práctica suele ser el pase a situación 5. Calculá tu fecha con ese criterio.
El mito peligroso: "esperá 5 años que se borra solo y la deuda desaparece". Dos correcciones. Primero, la caída del dato no siempre es automática: hay que reclamarla, sobre todo cuando la deuda cambió de manos y el comprador la informa como si fuera nueva. Segundo, que el dato no se informe no extingue la deuda: te la pueden seguir reclamando, aunque ya no aparezca en los registros. Son dos relojes distintos.
- Verificá la fecha de la mora original en tu informe histórico, o pedísela al acreedor. El plazo corre desde ahí, no desde que la deuda se vendió.
- Si pasaron más de 5 años, reclamá por escrito la supresión del dato a quien lo informa, citando el artículo 26. Mismo régimen: 5 días hábiles.
- Ojo con los compradores de deuda vieja que informan la cesión con fecha nueva para "reiniciar" el plazo: es improcedente, y es exactamente el argumento de tu reclamo.
Calculá tu fecha exacta de salida con la fecha de mora.
Carta 2 · Supresión por plazo cumplido (art. 26 · derecho al olvido)
Asunto: Solicitud de supresión de dato crediticio caduco - Ley 25.326, artículo 26 [Ciudad], [fecha] A [NOMBRE DE LA ENTIDAD] Área de Atención al Cliente / Protección de Datos Personales De mi consideración: Me dirijo a ustedes en mi carácter de titular de los datos personales, DNI [tu DNI], CUIL/CUIT [tu CUIL], a fin de solicitar la SUPRESIÓN del dato crediticio que esa entidad continúa informando a mi nombre. El dato en cuestión corresponde a [describí: "una deuda de $X originada en [producto/contrato], cuya mora se produjo en [mes y año]"]. El artículo 26 de la Ley 25.326 establece que solo pueden archivarse, registrarse o cederse datos de carácter patrimonial relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones durante los últimos CINCO (5) AÑOS, plazo que se reduce a DOS (2) AÑOS cuando el deudor cancela o extingue la obligación. Habiendo transcurrido dicho plazo, el mantenimiento de esta información en los registros resulta improcedente. Por ello solicito que en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES se suprima el dato y se comunique la baja a todas las bases de datos a las que haya sido cedido, incluidas la Central de Deudores del BCRA, Equifax (Veraz) y Nosis. Dejo constancia de que, conforme el artículo 26 del Decreto 1558/2001, el plazo se computa desde la fecha de la ULTIMA INFORMACION ADVERSA archivada que revele que la deuda era exigible, sin que la mera reiteracion mensual del mismo dato, sin novedad ni aditamento alguno, reinicie el computo (CSJN, "Catania" y "Napoli", ambos del 8 de noviembre de 2011). Tampoco lo reinicia una eventual cesion del credito a un tercero. De no obtener respuesta en el plazo indicado, iniciaré la denuncia ante la Agencia de Acceso a la Información Pública y las acciones judiciales que correspondan. Solicito acuse de recibo del presente. Sin otro particular, saludo atentamente. [Firma] [Aclaración] DNI [tu DNI] Teléfono: [tu teléfono] - Correo: [tu correo]
Caso 4: la deuda es tuya, está vigente y no podés pagarla entera
Sin magia: mientras la deuda esté impaga y tenga menos de 5 años, la entidad tiene derecho a informarla. Lo que sí podés hacer:
- Negociar una quita. Los acreedores prefieren cobrar algo antes que nada: quitas del 30 al 70% en deudas viejas son comunes, y más altas todavía si la deuda fue vendida a un fideicomiso que la compró a precio de remate. Pedí la propuesta por escrito y que incluya el compromiso de informar la cancelación.
- Usar "Ponete al día", la plataforma de Equifax con acuerdos de cancelación con bancos, fintech y telcos. Al participar el propio bureau, la actualización del registro es más rápida. Compará igual contra lo que conseguís negociando directo.
- Acordar un plan de pagos con la entidad: mientras cumplas, mejora tu clasificación (pasás a refinanciado en vez de irrecuperable).
- Priorizar bien. Si tu objetivo es un crédito puntual, conviene cancelar primero la deuda chica que te tiene en situación 5 antes que la grande en situación 2: manda la peor situación, no el monto.
Antes de tomar un préstamo para pagar esto, hacé la cuenta: un préstamo para reportados sale carísimo, y muchas veces la quita negociada cuesta menos que los intereses del crédito nuevo. Lo desarrollamos en préstamos estando en el Veraz.
Los "sacate del Veraz ya": qué venden realmente
Hay una industria montada sobre esta búsqueda: call centers que cambian de nombre cada tanto, estudios que prometen "limpieza total en 72 horas" y honorarios de entre $50.000 y $500.000. Lo que venden es, en el mejor de los casos, exactamente los reclamos gratuitos de esta página; en el peor, una promesa imposible.
Las señales de alerta, todas juntas en el mismo lugar:
- Urgencia artificial: "hoy es el último día", "tenés que decidir ahora".
- Pago por adelantado antes de cualquier gestión, en efectivo o por transferencia a una cuenta personal.
- Promesa de borrado total, incluso de deudas vigentes y correctamente informadas. Eso no existe.
- Contacto solo por WhatsApp, sin estudio verificable, sin matrícula, sin domicilio.
- Cobro de "peaje" después de que vos pagaste tu deuda: un extra para "gestionar la baja" que no corresponde, porque actualizar el registro es obligación del acreedor.
Un abogado de verdad, para un caso complejo, se contrata con matrícula verificable, honorarios claros por escrito y sin promesas de resultado imposible. Y para lo demás, están las cinco cartas modelo, gratis.
Después de salir: cómo vuelve el crédito
Normalizar la situación es el primer paso, no el último. Lo que sigue:
- Mes 1 a 2: tu situación actual pasa a 1 en la Central de Deudores.
- Mes 3 a 6: el score de los bureaus empieza a recuperarse si no acumulás atrasos nuevos. Es cuando suelen reabrirse los productos chicos.
- Primer año: el episodio pesa cada vez menos en el historial de 24 meses. Un buen movimiento es sostener una tarjeta pagada en fecha: reconstruye historial positivo.
- A los 2 años de la cancelación: el dato ya no puede informarse.
Y un consejo práctico: la primera entidad que suele volver a prestarte es aquella donde cobrás el sueldo, porque conoce tus ingresos reales. Evitá pedir en cinco lados a la vez, porque las consultas múltiples en poco tiempo bajan el score.
Cómo funciona esa recuperación, en detalle: score crediticio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda en salir del Veraz?
Depende del caso. Si pagaste: la situación se normaliza en la siguiente información mensual, visible en uno o dos meses, aunque el dato histórico sigue hasta 2 años desde la cancelación. Si el dato es un error: la entidad debe corregirlo en 5 días hábiles desde tu reclamo. Si no pagaste: el dato puede informarse hasta 5 años desde la última información adversa, y después tenés derecho a que desaparezca.
¿Puedo salir del Veraz sin pagar la deuda?
Solo en tres supuestos: que la deuda no sea tuya o esté mal informada (se reclama rectificación), que hayan pasado más de 5 años desde la última información adversa (no desde la mora (derecho al olvido del art. 26), o que negocies una quita con el acreedor. Nadie puede borrar una deuda real, vigente y bien informada, por más que lo prometa.
Pagué mi deuda, ¿por qué sigo apareciendo?
Por dos motivos normales: la entidad informa una vez por mes y el BCRA publica con unos 60 días de demora, así que el cambio tarda en verse; y el historial de 24 meses sigue mostrando los meses en rojo aunque tu situación actual ya sea 1. Si pasaron más de dos períodos y tu situación actual sigue mal informada, reclamá a la entidad por escrito.
¿Cuánto cobra un gestor o abogado por sacarme del Veraz? ¿Conviene?
Se ven honorarios de $50.000 a $500.000 por trámites que en la mayoría de los casos son gratuitos y podés hacer vos mismo con una carta. Un abogado tiene sentido en casos genuinamente complejos: un homónimo que la entidad no reconoce, un proceso judicial en curso, o una entidad que ignora reclamos documentados. Para "pagué y quiero que se refleje" o "la deuda tiene más de 5 años", no lo necesitás.
¿Qué es el "borrón y cuenta nueva" que se comenta?
Es una ley de Colombia, no de Argentina. Acá hubo proyectos parecidos pero ninguno se sancionó. La regla vigente sigue siendo la de la Ley 25.326: 5 años desde la última información adversa, 2 si cancelaste.
¿Salir del Veraz me devuelve el crédito automáticamente?
No de inmediato. Tu situación vuelve a 1, pero el historial de 24 meses sigue mostrando el episodio y el score de los bureaus tarda unos meses en recuperarse. Además, cada entidad tiene su scoring interno. Lo habitual es que el crédito se vaya reabriendo entre 3 y 6 meses después de normalizar, empezando por la entidad donde cobrás el sueldo.
¿Tengo que reclamarle al Veraz o al Banco Central?
A ninguno de los dos: al que le reclamás es a la entidad que informó el dato. El BCRA y los bureaus solo publican lo que reciben y no pueden corregirlo por su cuenta. La excepción son los errores propios del bureau, como una confusión de identidad, que sí se reclaman directo a Equifax o Nosis.